miércoles, 6 de marzo de 2019

COMUNICADO DE CEIBA: EL GOBIERNO DE GUINEA ECUATORIAL ABUSA LA CONFIANZA OTORGADA POR LOS PUEBLOS PARA EL EJERCICIO DE LA SOBERANÍA NACIONAL EN LAS CONDICIONES QUE ESTABLECE LA LEY FUNDAMENTAL.


COMUNICADO DE CEIBA: EL GOBIERNO DE GUINEA ECUATORIAL ABUSA LA CONFIANZA OTORGADA POR LOS PUEBLOS PARA EL EJERCICIO DE LA SOBERANÍA NACIONAL EN LAS CONDICIONES QUE ESTABLECE LA  LEY  FUNDAMENTAL.


Coordinación General

Barcelona, a 6 de marzo de 2019



ceiba.coordinacion@gmail.com 


 Rf: 00075/ COR/ CEI/ Abuso a la confianza otorgada por los pueblos para el ejercicio de la soberanía en las condiciones que establece la  Ley  Fundamental.


COMUNICADO


En vista del sin sentido de  las arbitrarias detenciones, torturas, asesinatos, desapariciones y la reciente detención sin acusación previa de D. Joaquín Eló Ayeto en la República  de Guinea Ecuatorial que se alarga hasta la fecha,  la Coalición de los Pueblos y Ciudadanos de Guinea Ecuatorial (CEIBA), hace saber a todos los pueblos que conforman el mosaico estatal de la República de Guinea Ecuatorial, a los partidos políticos de dentro del país amordazados por el régimen, a las Fuerzas Políticas en el exilio, a los Estados amantes de la paz y la libertad y a la ONU, que  desde la creación de la República  de Guinea Ecuatorial el 12 de octubre de 1968 hasta la actualidad, los pueblos y ciudadanos que integran el país han sufrido persecuciones,  detenciones arbitrarias, encarcelamientos, asesinatos y desapariciones de los hijos de nuestros pueblos, en la dictadura de Francisco Macías Nguema,  como en el régimen tiránico de Teodoro Obiang Nguema Mbasogo que ha exacerbado los excesos en los últimos 40 años.

El  régimen en plaza ha transgredido por norma y sin contemplaciones todas  las Constituciones, que ha tenido el Estado y los derechos humanos  de nuestros conciudadanos. Dicho régimen,  se ha negado a firmar o ratificar tratados en materia de Derechos Humanos y, con absoluta impunidad ha practicado ejecuciones secretas a ciudadanos, que ha atribuido a suicidios en dependencias de custodia del Estado. Mas recientemente, el pasado día 25 de febrero del año en curso, sin acusación previa era detenido D. Joaquín Eló Ayeto, militante del Partido político CPDS legalmente reconocido en Guinea Ecuatorial, y fue torturado en las dependencias policiales.

Las múltiples recomendaciones de las Naciones Unidas desde el año 2001 a que Guinea Ecuatorial firme los tratados contra las detenciones arbitrarias, torturas, vejaciones, tratos inhumanos y degradantes así como desapariciones de personas, solo han servido para que la tiranía anteponga los intereses de la tiranía y los de los familiares de los máximos dirigentes del régimen, así como  para dar continuidad a detenciones arbitrarias y tratos vejatorios e inhumanos  como los sufridos últimamente por de D. Joaquín Eló Ayeto y otros ciudadanos.

Por todo lo anterior, los pueblos que conforman la República  de Guinea Ecuatorial aglutinados en la Coalicion de los Pueblos y Ciudadanos de Guinea Ecuatorial CEIBA, recuerdan al Gobierno  de la República  de Guinea Ecuatorial, que de acuerdo al Artículo  2º de la Constitución vigente, la soberanía de la República  de Guinea Ecuatorial pertenece al pueblo y dicho pueblo ejerce esa soberanía otorgando al Gobierno ciertos poderes para ejercer dicha soberanía en las condiciones que establece la  Ley  Fundamental aprobada por los pueblos que:

1.- En su Artículo 13º.- 1.-a)  asegura: “Todos los guineanos tienen derechos a respeto a su persona, su vida, su  integridad personal, su dignidad y su pleno desenvolvimiento  material  y  moral.  La  pena  de  muerte  sólo  puede  imponerse por delito contemplado por la Ley." El Gobierno  de Guinea Ecuatorial no ha respetado a la persona de. D. Joaquín Eló Ayeto. Con ello violado el Artículo 13º.- 1, a)  de la Constitución vigente y abusado de la confianza que le otorgaran los pueblos concediéndole ciertos poderes para que ejerza nuestra soberanía en las condiciones que establece la  Ley  Fundamental.

2.-  El Artículo 13º.- 1, b) asegura, todo guineano es  libre de expresarse  y de pensar, a tener ideas y opiniones. Según se desprende de la supuesta causa de la detención de D. Joaquín Eló Ayeto, es por algo expresado por este último. Con ello, el Gobierno  de Guinea Ecuatorial no ha respetado el derecho de. D. Joaquín Eló Ayeto a expresarse y con dicha detención ha violado el Artículo 13º.- 1, b)  de la Constitución vigente votada por los pueblos. Con ello ha abusado el Gobierno de la confianza que le otorgaran los pueblos concediéndole ciertos poderes para que ejerza nuestra soberanía en las condiciones que establece la  Ley  Fundamental.

3.- El Articulo 13º.- 1, j)  asegura, todo guineano tiene derecho a ser defendido ante los tribunales y tiene derecho a un proceso contradictorio dentro del marco de respeto de la Ley. Desde su detención el pasado dia 25 de febrero del año en curso, no se ha satisfecho ese derecho que posee D. Joaquín Eló Ayeto. Con lo que el Gobierno  de Guinea Ecuatorial ha vulnerado el Artículo 13º.- 1, j)  de la Constitución vigente votada por los pueblos, y ha abusado de la confianza que le otorgaran los pueblos al concederle ciertos poderes para que ejerza nuestra soberanía en las condiciones que establece la  Ley  Fundamental.

4.- El Articulo 13º.- 1, m), asegura que ningún guineano puede ser privado  de  su  libertad  sino  en  virtud  de  ordenamiento  judicial,  salvo  en  los casos previstos por la Ley y los de delitos flagrantes. Sin embargo, D. Joaquín Eló Ayeto fue detenido el pasado dia 25 de febrero, no en virtud  de  un ordenamiento  judicial, con lo que el Gobierno  de Guinea Ecuatorial quebrantó el Articulo 13º.- 1, m) de la Constitución votada por los pueblos, y ha abusado de la confianza que le otorgaran los pueblos concediéndole ciertos poderes para que ejerza nuestra soberanía en las condiciones que establece la  Ley  Fundamental.

5.- El Articulo 13º.- 1, n) asegura que toda persona tiene derecho a ser informado de la causa o razones de su detención. Sin embargo, a D. Joaquín Eló Ayeto detenido el pasado dia 25 de febrero, hasta la fecha no se le ha  informado de la causa o razones de su detención. De ese modo el Gobierno  de Guinea Ecuatorial violó el Articulo 13º.- 1, n) de la Constitución votada por los pueblos, y ha abusado de la confianza que le otorgaran los pueblos al concederle ciertos poderes para que ejerza nuestra soberanía en las condiciones que establece la  Ley  Fundamental.

6.- El Articulo 13º.- 1, o) asegura que todas las personas tienen derecho a la presunción de inocencia  mientras  no  se  haya  demostrado  legalmente  su culpabilidad. D. Joaquín Eló Ayeto fue detenido el pasado día 25 de febrero; a la fecha 6 de Marzo 2019, pese a no haberse demostrado legalmente su culpabilidad, sigue detenido en las mazmorras del régimen, en flagrante violación del Articulo 13º.- 1, o) de la Constitución vigente votada por los pueblos, con lo que el régimen ha atropellado el mandato que le asignaran los pueblos concediéndole ciertos poderes para que ejerza nuestra soberanía en las condiciones que establece la  Ley  Fundamental.

7.- El Articulo 13º.- 1, r) prohíbe privar a los detenidos del   derecho  de  defensa  en cualquier estado o grado del proceso. Sin embargo, detenido desde el pasado 25 de febrero D. Joaquín Eló Ayeto, el régimen le ha negado el derecho de defensa en violación del Artículo 13º.- 1, r) de la Constitución vigente votada por los pueblos, y ha tiranizado la confianza que le otorgaran los pueblos concediéndole ciertos poderes para que ejerza nuestra soberanía en las condiciones que establece la  Ley  Fundamental.

8.-  Sobre todo, el Articulo 13º.- 1, i), asegura el derecho de “habeas corpus” y de amparo a todos los ciudadanos. En vista de que el “habeas corpus” es un procedimiento jurídico mediante el cual cualquier ciudadano puede comparecer inmediatamente ante el juez para que este determine sobre la legalidad del arresto, el régimen de Guinea Ecuatorial  mantuvo retenido a D. Joaquín Elo Ayeto desde el día 25 de enero hasta el dia 1 de marzo en dependencias policiales negándole aspirar a ejercer el derecho de habeas corpus, transgrediendo de ese modo el Articulo 13º.- 1, i) de la Constitución vigente votada por los pueblos. Con ello, el Gobierno ha abusado  de la confianza  que le otorgaran  los pueblos  concediéndole ciertos poderes para que ejerza la soberanía del pueblo en las condiciones que establece la  Ley  Fundamental.

9.- El Articulo 13º.- 1, n), dispone que  toda persona debe ser informado de la causa o razones de su detención. Sin embargo, pese a haber sido conducido ante el Juez el pasado dia 1 de Marzo del año en curso D.  Joaquín Eló Ayeto,  la justicia de Guinea Ecuatorial cuya independencia brilla por su ausencia debido a la interferencia del régimen, sin acusación ni auto de prisión, ha ordenado el ingreso de Joaquín Eló Ayeto en el penal de Black Beach, con carácter preventivo. Con el amparo del Gobierno que ha abusado  de la confianza  otorgada  por los pueblos que concedieron al Gobierno  ciertos poderes para que ejerza la soberanía de los pueblos en las condiciones que establece la  Ley  Fundamental, la justicia de Guinea Ecuatorial  ha vulnerado  el Artículo 13º.- 1, n) de la Constitución votada por los pueblos.

En virtud de todo lo anteriormente demostrado, y en  uso de la facultad que confiere la Constitución Nacional en su artículo 2, otorgando al pueblo la titularidad de la soberanía nacional, los pueblos de Guinea Ecuatorial declaramos que el Gobierno hace un uso errado de los poderes que le han sido otorgados para  ejercer nuestra soberanía en las condiciones que establece la  Ley  Fundamental votada por los pueblos. Es por lo que, condenamos y rechazamos las actitudes tiránicas del régimen de Malabo y con urgencia máxima  exigimos al Gobierno  de la República  de Guinea Ecuatorial, que ciña sus actuaciones  en la letra del mandato otorgado; en la forma y en la  manera votada por los pueblos recogida en la  Ley  Fundamental. Consecuentemente, los soberanos pueblos de Guinea Ecuatorial  ordenan al Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial que:

PRIMERO: Sin contemplaciones de ningún tipo y con carácter  inmediato ponga en LIBERTAD  a D.  Joaquín Eló Ayeto, 

SEGUNDO: Ponga así mismo el LIBERTAD a cuantos presos políticos  mantiene  arbitrariamente detenidos en Guinea Ecuatorial,

TERCERO: Proceda ipso-facto a reparar los daños causados por las detenciones arbitrarias con  indemnizaciones económicas a todos y cada víctima de dichos excesos,

CUARTO: Asuma plenamente las consecuencias que derivan de la sistemática violación de la Constitución nacional y cumpla con la exigencia de los pueblos presentando en bloque, la dimisión tanto del presidente de la República, como la de su Gobierno  en pleno.

Este comunicado  se envía simultáneamente  al Secretario General de las Naciones Unidas,  Unión Africana (U.A), Unión Europea, Amnistía Internacional; al  Presidente de Estados Unidos, Presidente del Gobierno de España, Presidente de Francia, Primer Ministro del Reino Unido, etc. 

LA COALICIÓN DE PUEBLOS Y CIUDADANOS DE GUINEA ECUATORIAL. CEIBA.